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CONSEJO ECONÓMICOEn toda Parroquia ha de haber un Consejo Económico Parroquial que, presidido por el Párroco, es el órgano responsable de la obtención y gestión de los recursos económicos (cf. c. 537 CIC). Dicho Consejo presta su ayuda al párroco en su calidad de administrador de los bienes de la parroquia (cf. c. 532 CIC). El Consejo Parroquial de Asuntos Económicos ayuda al párroco en la administración de los bienes de la Parroquia y en el cuidado y mantenimiento del patrimonio parroquial. La economía parroquial está al servicio de la evangelización y de la atención a los más vulnerables de nuestra sociedad. Está formado por cuatro laicos y el párroco. Y sus funciones son: 1.-Promover la conciencia de todos los miembros de la comunidad parroquial en su deber de aportar los recursos necesarios para la vida y misión de la Iglesia. 2.- Planificar las necesidades económicas de la parroquia a corto y largo plazo y programar la obtención de los correspondientes recursos. 3.- Aprobar los balances de situación y las cuentas de resultados, y elaborar los presupuestos anuales de ingresos y gastos, que habrán de presentarse al Ecónomo Diocesano. 4.- Planificar las obras de mantenimiento y conservación de los inmuebles de la parroquia. 5.- Elaborar y tener al día el inventario de los bienes muebles e inmuebles de la parroquia y cuidar de su conservación y rendimiento. 6.- Informar a la comunidad parroquial de la marcha de la economía de la parroquia. ADEMÁS este servicio parroquial también se encarga del mantenimiento y atención a los COLUMBARIOS. |
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